domingo, 15 de octubre de 2017

¿Los Derechos Humanos solo Derechos Subjetivos Públicos?



¿Los Derechos Humanos solo Derechos Subjetivos Públicos?

¿Por qué creemos que los derechos humanos son derechos subjetivos que nos coloca el Estado?, cuando se nos violenta sexualmente o cuando somos asesinados por resistirnos a un asalto decimos que es el Estado que viola los derechos humanos por no prever condiciones que nos permitan vivir en una sociedad segura y sin violencia, sin embargo, el responsable es el delincuente que cometió tal repugnante acto.
Decir que los derechos humanos son derechos subjetivos públicos y por tanto solo el Estado es susceptible de darlos y de cometer faltas que los vulneren es una forma equivocada de visualizar a los derechos humanos, pues como en los ejemplos que se mencionó en el párrafo anterior, los actores que violentan los derechos humanos pueden ser también individuos, grupos de delincuentes, empresas, etc. En este sentido, si bien es cierto, la figura de los derechos humanos surge para contrarrestar los abusos de poder cometido por la monarquía y así salvaguardar la igualdad y la justicia en la sociedad, en la actualidad ya no podemos pensar que solo los representantes del gobierno son los responsables de vigilar y de decidir sobre los derechos humanos, pues traerá como consecuencia que los llamados derechos humanos queden al arbitrio y plena voluntad de los gobernantes.
Además, si concebimos a los derechos humanos como un conjunto de valores que sucedieron antes del proceso de “positivización” del Estado, podemos entender que el respeto a los derechos humanos no nace solo a partir del mandato de la ley ni de las declaraciones internacionales sino se da todos los días como parte de las relaciones humanas.  
A manera de conclusión, podemos afirmar que los derechos humanos son principios éticos que toda sociedad debe respetar para preservar el bienestar y la seguridad social.


1 comentario:

  1. Coincido contigo en que los derechos humanos no son derechos públicos subjetivos. Puesto que son diferentes niveles normativos. Los primeros no dependen del reconocimiento del Estado, aunque tampoco son anteriores a él, puesto que el sujeto obligado de esa norma es el mismo Estado.

    Digamos que los derechos humanos forman parte del sistema jurídico no formalizado, es decir, son norma jurídica aunque no se haya formalizado en una ley. No obstante su exigibilidad descansa más en su alto contenido moral que en su naturaleza jurídica.

    En cambio los derechos públicos subjetivos son, por así decirlo, la formalización de los principios en reglas jurídicas. Cuyo contenido es menos general y tienen mayor fuerza de aplicación en tanto que su contenido y naturaleza son jurídicos. Es así que el hecho de que el Estado recoja o no a los derechos humanos en derechos públicos subjetivos en nada interfiere con la vigencia de los derechos humanos.

    Por tanto, los derechos humanos como los derechos públicos subjetivos sólo son exigibles al Estado. Lo que no impide que existan otro tipo de reglas y principios susceptibles de ser violados por los particulares, como los delitos. De tal suerte que lo que comentas en el primer párrafo de tu entrada no son violaciones a derechos humanos sino delitos, que en algunos casos tutela el mismo bien jurídico.

    ¡Saludos!

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